Niegan recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Grupo de Inversión Mundial S.A.
El Pleno de la Junta de Control de Juegos (JCJ) rechazó el recurso de
reconsideración presentado por la empresa Grupo de Inversión Mundial
S.A, dedicado a la administración y operación del juego de suerte y azar
denominado Bingo Televisado, mejor conocido como Buko Millonario, al
emitir la Resolución N° 51, del 24 de septiembre de 2014. Y al hacerlo,
confirmó la cancelación del Contrato No 7 del 7 de julio de 2011, entre
el Estado panameño y la referida empresa.
La decisión tomada por
el Pleno de la JCJ el pasado 24 de septiembre está basada en un informe
presentado por la Oficina de Auditoria y Fiscalización Interna del
Ministerio de Economía y Finanzas, que detalla el siguiente
incumplimiento, ratificado por dicho Pleno: “Quedo probado que la
empresa Grupo de Inversión Mundial S.A, no cumplió con suministrar la
información completa y detallada de los accionistas poseedores del diez
por ciento (10%) o más de las acciones de la empresa, como lo indica el
literal (0) del artículo 13 de la Resolución 41 de 30 de julio de 2010,
toda vez que la sociedad Inmobiliaria San Cristobal, LTD, la cual es
poseedora del cincuenta y cinco por ciento (55%) de las acciones de la
sociedad, por lo que se desconoce totalmente toda información
concerniente a la empresa, la cual, ni siquiera se encuentra inscrita en
el Registro Público”.
El pleno reiteró la existencia de
irregularidades dentro del expediente contentivo de la solicitud de la
empresa en mención, consistentes primordialmente en la ausencia de
documentación que acredite el cumplimiento de requisitos de calificación
y competencia obligatorios para la operación de juegos de suerte y
azar, así como para el otorgamiento de un contrato para tal fin.
Con
el rechazo del recurso de reconsideración presentado por Grupo de
Inversión Mundial, S.A, se agota la vía gubernativa del proceso y la
empresa no podrá ya seguir haciendo sorteos. Como último recurso legal
contra la decisión tomada por el Pleno de la JCJ, la empresa puede
acudir a la Corte Suprema de Justicia.
Fuente: MEF
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