A través de una
resolución, el Consejo de Gabinete realizado este 30 de septiembre de
2014, facultó al ministro de Economía y Finanzas Dulcidio De la Guardia,
a presentar, ante la Asamblea Nacional, el Proyecto de Ley N.o062-14,
por medio del cual se autoriza una moratoria en el pago de impuestos y
se modifica el déficit máximo del sector público no financiero para el
año fiscal 2014.
Para la vigencia fiscal 20145, la Ley de
Responsabilidad Social Fiscal (LRSF) establece un tope de 2.7%. Se
propondrá ante la Asamblea Nacional modificar el artículo 10 de la Ley
34 de 5 de junio de 2008, adicionando un párrafo transitorio, de modo
que se aumente el porcentaje de déficit permitido para la vigencia
fiscal actual a 3.9%.
De acuerdo con lo expuesto anteriormente
ante la asamblea por el Ministro de Economía y Finanzas, el déficit del
Sector Público No Financiero (SPNF) para en el primer semestre totalizó
1,510.5 millones de balboas, equivalente al 3.2% del Producto Interno
Bruto (PIB), un 0.5% por encima de lo establecido por la LRSF.
Adicionalmente en el primer semestre del año se aprobaron una serie de
créditos adicionales que, de ser desembolsados, llevarían el déficit
total del año a 2,300 millones de balboas, equivalente a 4.7% del PIB.
El Ejecutivo ha adoptado medidas para
mitigar el impacto adverso en las cuentas fiscales. Entre estas, se ha
dispuesto la contención de gastos recientemente aprobada por Consejo de
Gabinete, que restringió el gasto por el orden de 549 millones de
balboas, de conformidad a la Resolución de Gabinete N.° 152 de 2 de
septiembre de 2014 (modificada mediante Resolución de Gabinete N.° 159
de 16 de septiembre de 2014).
Adicionalmente se propone un proyecto de
moratoria que debería producir ingresos adicionales para reducir el
déficit fiscal en la vigencia fiscal 2014. A través de este proyecto de
Ley se busca que los contribuyentes, previo desistimiento de los
recursos, tengan la opción de cancelar la deuda tributaria, pagando solo
el nominal, sin intereses y recargos, siempre que lo hagan dentro del
período de moratoria. De no hacerlo en ese lapso, les aplicarían
recargos e intereses.
El proyecto de Ley también contempla una
solicitud de autorización a la Asamblea Nacional, a fin de permitir al
Órgano Ejecutivo preparar un texto único del Código Fiscal, así como del
Decreto de Gabinete 109 de 7 mayo de 1970, tomando en consideración
todas las modificaciones legales vigentes que correspondan a cada uno de
los cuerpos normativos antes mencionados, incluyendo cualquier
modificación previa a sus publicaciones en Gaceta Oficial,
respectivamente.
Fuente: Presidencia de la República de Panamá.
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