viernes, 20 de febrero de 2015

Entidades bancarias en Panamá deberán aumentar su capital

Los accionistas de los bancos tendrán que hacer mayores esfuerzos para fortalecer su patrimonio a partir del 1 de enero de 2016.

Los bancos y grupos bancarios de Panamá tendrán que aumentar su capital de manera escalonada, a partir del 1 de enero de 2016 hasta el año 2019.

Las entidades bancarias tienen menos de un año para adecuarse a los nuevos índices, que estarían aumentando un 0,8% para el capital primario ordinario y para el capital primario. 

Ernesto Bazán, economista de la firma consultora BDO, explicó que a partir de la fecha indicada ‘los accionistas de los bancos tendrán que hacer mayores esfuerzos en el capital que aportarán a las entidades’.
Aclaró que antiguamente se podía cumplir con ‘el capital mínimo con un 4% de capital primario. Ahora se requerirá de un 5,25%, que gradualmente irá aumentando hasta un 6% en el 2019’.

La medida busca actualizar los requerimientos de capital con estándares internacionales, según el Acuerdo No. 001-2015 de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP), y con ello, se cumple con el Principio 16 del Comité de Basilea III, una entidad que promueve las buenas prácticas de gestión de riesgos y regulatorias.

¿A quiénes aplica?
La norma es válida para los bancos oficiales, bancos de licencia general y los de licencia internacional, además de las propietarias de acciones bancarias que consoliden sus operaciones en el país.

Sin embargo, el Acuerdo No. 001-2015 de la SBP hace la salvedad de que se puede aplicar la norma a las instituciones bancarias no contempladas en el acuerdo.

‘Todos estos cambios van en dirección de los nuevos lineamientos regulatorios (Basilea III)’, señaló Ernesto Bazán, economista de la firma BDO.
El experto dijo que no percibe que se dé ‘una afectación material o traumática para los clientes, debido a que los bancos históricamente han mantenido elevados niveles de capitalización’ y considera que el impacto será mínimo.

Bazán sostiene que los aportes que hacen ‘los accionistas tienen modalidades y características distintas; por ejemplo, hay algunas que corresponden a aporte directo de fondos (capital común), otras a utilidades retenidas (utilidades en las que los dividendos aún no se han distribuido), acciones preferidas, etc.’.

Para la regulación, no todas estas modalidades de ‘patrimonio regulatorio’ tienen la misma calidad que un aporte directo (de capital común). Por eso, se distinguen dos tipos de capital: primario (de mejor ‘calidad’ para fines regulatorios) y secundario (de inferior ‘calidad’ para fines regulatorios), manifestó el experto.

Por su parte, el expresidente del Colegio de Economistas de Panamá, Adolfo Quintero, sostiene que estas modificaciones fortalecen el patrimonio (activos y pasivos) de las instituciones bancarias, ‘lo que implica que estarían emitiendo acciones que comprarían los actuales accionistas o los nuevos accionistas’.

Quintero agregó que da una mejor figura financiera. ‘El patrimonio es el aporte de los dueños a la institución; en la medida en que ellos aporten más capital, mayor es su compromiso con la empresa y disminuye el apalancamiento (financiamiento versus el capital), lo que minimiza los riesgos’, aclaró.

Novedad
En tanto, el economista de la firma consultora BDO indicó que este acuerdo mide el patrimonio, no solo en función de los activos ponderados por riesgo, sino también el capital primario ordinario en función de todos los activos (ponderados o no). Es un nuevo ratio regulatorio que se denomina ‘Coeficiente de Apalancamiento’ y que debe ser como mínimo 3%.

Las ‘provisiones dinámicas’, que establecen que los bancos deben hacer reservas voluntarias para cubrir deterioros de créditos que hoy tienen un comportamiento ‘normal’, pero que en un futuro podrían deteriorarse, también pueden ser consideradas capital primario, según Acuerdo 1-2015, acotó Bazán.

Link:  http://www.revistasumma.com/entidades-bancarias-en-panama-deberan-aumentar-su-capital/

Fuente: RevistaSumma.com

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