MEF actúa conforme a lo establecido en la Ley de Responsabilidad Social Fiscal.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en respuesta a una
publicación aparecida hoy en un diario de la localidad, aclara a la
ciudadanía que las cuentas por pagar del gobierno correspondientes a
2014 ya están contabilizadas dentro del déficit fiscal del año en
mención y que, por lo tanto, la información divulgada este martes por
este medio de comunicación social es falsa.
En el informe de la
Cuenta General del Tesoro 2014 presentado recientemente a la Asamblea
Nacional de Panamá por las autoridades del MEF, se detalla que las
cuentas por pagar suman 709.5 millones de balboas y que las mismas están
incluidas en los 1,880 millones de balboas del déficit fiscal aprobado
para el año 2014, que equivale a 4.1% del Producto Interno Bruto,
conforme a lo establecido en la Ley de Responsabilidad Social Fiscal
(LRSF).
“La Ley de Responsabilidad Social Fiscal no permite
excluir los 709.5 millones de balboas de las cuentas por pagar o de
vigencia expirada del déficit fiscal permitido para ese año, ya que hay
que respetar este techo establecido por la ley y eso es exactamente lo
que hemos hecho”, aclaró el director de Políticas Públicas del MEF,
Gustavo Valderrama.
En relación a las cuentas por pagar del
gobierno correspondiente al año 2014, la ley permite que la cancelación
de estas cuentas se dé durante los primeros cuatro meses del año fiscal
siguiente.
El Decreto Ejecutivo N° 71 del 15 de febrero del año
2013, en su artículo N° 1, modifica el artículo N° 11 del Decreto
Ejecutivo N° 50 del año 2009, y señala que “el Balance Fiscal
Consolidado deberá ajustarse por acumulación de depósitos en las
entidades del Gobierno Central resultantes de asignaciones
presupuestarias para los cuales no se hayan constituido reservas de caja
al 31 de diciembre”. Así mismo, “el Balance Fiscal Consolidado de la
vigencia fiscal corriente deberá ajustarse en el período de enero-abril
por el uso de las reservas de caja constituidos con cargo al presupuesto
de la vigencia fiscal anterior”.
“Hay que conocer bien cómo se
maneja el déficit fiscal para poder hablar de éste con propiedad y sin
caer en malas interpretaciones. La ley incluye las vigencias expiradas
que se pagarán hasta el 30 de abril del año siguiente y eso es algo
completamente normal dentro de la administración pública”, añadió
Valderrama.
Link: http://www.mef.gob.pa/es/noticias/Paginas/CXP2014estanendeficitfiscal.aspx#.VSVsWuGy77A
Fuente: Mef.gob.pa
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